DESARROLLO (impuestos que existen)

Sólo por ley pueden establecerse los Impuestos de cualquier naturaleza que sean, señalarse sus modalidades, su repartición o supresión. Las dos categorías fundamentales son los impuestos directos y los Impuestos indirectos. Los primeros se aplican tomando como base el Ingreso o la Riqueza y afectan directamente al contribuyente, en cambio los impuestos indirectos gravan las transacciones, afectando los Precios de los Bienes y servicios recayendo en forma indirecta sobre las personas y empresas. Ejemplos de Impuestos directos son todos los que gravan las Rentas de las personas o la Propiedad. Un ejemplo de Impuesto indirecto es el Impuesto al Valor Agregado. Los impuestos pueden ser de monto fijo o proporcional, y dentro de estos últimos pueden distinguirse entre los de tasa constante y los de tasa progresiva. La modalidad de aplicación de los Impuestos dependerá de los fines de la política tributaria. Si pretende incentivar más algunas actividades que otras utilizará los impuestos como una herramienta de reasignación de los Recursos.


Tipos de impuestos

El gobierno cuenta con dos tipos de impuestos principalmente: los directos y los indirectos.

Los impuestos directos se aplican de forma directa a la riqueza de las personas, principalmente a sus ingresos o signos de riqueza como la propiedad de autos o casas. El impuesto directo más importante es el impuesto sobre la renta (ISR). Debe observarse que este impuesto es una extracción a los ingresos de las empresas y de los particulares como lo son.

  • La enajenación de bienes
  • La prestación de servicios
  • El uso o goce temporal de bienes (arrendamiento)
  • La importación de bienes o servicios
  • La exportación de bienes o servicios
  • En contrapartida, los impuestos indirectos afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente (aquél que le paga al fisco)  En otros términos, el contribuyente que enajena bienes o presta servicios, traslada la carga del impuesto a quienes los adquieren o reciben. Dentro de éstos se encuentran el impuesto al valor agregado (IVA, impuesto al consumo de las personas y empresas) y el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS, impuesto a gasolinas, alcoholes y tabacos)
    .  Por ejemplo, el IVA grava el valor que se le agrega a la mercancía en su proceso de producción y se genera cada vez que compramos algún producto (con varias excepciones en nuestro país que revisamos más adelante).
    Si bien la principal función de los impuestos es proveer de ingresos al gobierno, pueden tener también otras finalidades por su impacto en los precios de los productos. Por ejemplo, se pueden aplicar aranceles a las mercancías importadas para proteger a los productores nacionales, o para disminuir el consumo de algún producto, como las bebidas alcohólicas o el tabaco.
  • Los Impuestos Directos son los siguientes
    • el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    • el Impuesto sobre Sociedades (IS)
    • el Impuesto sobre el Patrimonio
    • Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones



    Los Impuestos indirectos son:
    • el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
    • el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)
    • los Impuestos Especiales
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Tributos sobre el Juego
  • ISR: (IMPUESTO SOBRE LA RENTA) Este impuesto está enfocado para las personas que tienen negocios o empresas. Este impuesto es además uno de los más elevados, ya que la tasa tanto para Personas Físicas como Morales es de 30% sobre las ganancias en los siguientes conceptos: premios, intereses, servicio subordinado, actividades profesionales, arrendamiento, dividendos y ganancias repartidas, enajenación bienes. A diferencia del IVA, este impuesto no se traslada, por lo que se tiene que pagar íntegro.
  • IEPS: (IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS) Es un impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cervezas y tabaco. Y su efecto es el mismo que el IVA, los contribuyentes pueden trasladar este impuesto.
 Pero, ¿Quiénes están sujetos a este impuesto? Personas Físicas o Morales que enajenen los bienes siguientes están obligadas como son: Bebidas con contenido alcohólico y cerveza, tabacos labrados, diésel, refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes. Y están exentas aquellas personas que enajenen los siguientes productos: Aguamiel y sus derivados, los comercializadores (no productores) de tabaco labrados gasolinas y diésel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados. Los bienes que se encuentren sujetos al régimen aduanero. Las tasas para a la enajenación e importación de cerveza de hasta 14ºG.L. es de 26.5%, y de más de 20º G.L es de 53%. Para la gasolina las tasas están determinadas por cada estado.PTU
  •  IDE: (IMPUESTO SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO) Este es un impuesto relativamente nuevo, que nació como un medio preventivo para evitar lavado de dinero, es el impuesto que se cobra si durante un mes se deposita más de $15,000.00 pesos en efectivo, sobre el excedente se cobra una tasa del 3%, esto no quiere decir que si se hacen 3 o más depósitos de menos de $15,000.00 no se cobra, es acumulable, si todos los pagos en efectivo en nuestra cuenta bancaria en un mes suman $50,000.00 de 15,000.00 no cobraran, pero a los 35,000.00 restantes se les aplicara dicho impuesto.
  • IVA: (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO) Es el impuesto más importante en México, ya que prácticamente todos los ciudadanos contribuyen a él, es un impuesto que se paga por la mayoría de productos en el mercado. Y como compañía se tiene doble obligación, cobrarlo y pagarlo, es decir como contribuyentes éste es un impuesto que se traslada, ya que a Hacienda sólo se le paga aquel IVA que exceda del cobrado al que hemos pagado. Este impuesto se basa en las siguientes Tasas:
    Tasa al 0%: Se aplica en la enajenación (compra y venta) de animales, vegetales, medicinas de patente, hielo y agua no gaseosa ni compuesta, Ixtle, palma y lechuguilla, tractores para accionar implementos agrícolas, fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas, oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, libros, periódicos y revistas. Así como en la prestación de servicios independientes, directamente a los agricultores y ganaderos, de molienda o trituración de maíz o de trigo, de pasteurización de leche, en invernaderos hidropónicos, despepite de algodón en rama, sacrificio de ganado y aves de corral, reaseguro, suministro de agua para uso doméstico.   Las tasas del 11% (zona fronteriza) y 16% (resto del país): Se aplica por enajenación (compra y venta) de bienes, prestación de servicios independientes, dación en uso o goce temporal de bienes (rentas), importación de bienes o servicios.


Impuestos estatales

Los impuestos que deberán pagar las empresas serán los siguientes:
     IRPF
1. Definición

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares.

2. Objeto

Constituye el objeto de este impuesto la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia
del pagador. Es un impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas.
3. Ámbito de aplicación

El IRPF se aplicará en todo el territorio español. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País
4. Hecho imponible

Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente.
 Componen la renta del contribuyente:

a) Los rendimientos del trabajo.

b) Los rendimientos del capital.
c) Los rendimientos de las actividades económicas.
d) Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
e) Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.
5. Contribuyente Las personas físicas que tengan su residencia habitual en el territorio español.
Las personas físicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades.

6. Periodo impositivo y devengo
El período impositivo será el año natural.
El impuesto se devengará el 31 diciembre de cada año
 



Impuesto sobre nóminas
Este impuesto está regulado en el código financiero del Distrito Federal y por las diferentes entidades federativas, gravando las prestaciones en dinero o en especie que paguen las personas físicas o morales por concepto de las relaciones de trabajo personal subordinado. Este impuesto se genera al momento de pagar los salarios y debe entregarse a más tardar el día 15 del mes siguiente. La tasa es del 2%, aunque en algunas entidades federativas se plantean condiciones de titulares para su excepción total o parcial.

Impuesto al activo
Este impuesto se establece para las empresas que no tienen utilidades y que por lo mismo no pagan impuesto sobre la renta, aun cuando están obligadas a pagar una contribución sobre el total de sus activos. Existen varias opciones de excepción.

Impuesto especial sobre producción y servicios

Este impuesto tiene las mismas características que el IVA, salvo que se gravan las importaciones o comercialización de alcohol, cerveza, tabaco, cigarros, gas natural, gasolina y diesel. La tasa de impuesto puede variar desde un 20 hasta un 60% teniendo las características de traslado y acreditación del IVA donde el último consumidor es el que absorbe el impuesto.

Impuesto sobre automóviles nuevos


Este impuesto se paga al momento de adquirir un automóvil nuevo y se determina de acuerdo con una tabla sobre la cual la tasa mínima es de un 2% y la máxima es de un 17% de acuerdo al valor de automóvil.

Otras contribuciones
Comprenden las aportaciones al seguro social, contribuciones de mejoras, derechos, aprovechamientos, accesorios de los aprovechamientos y productos.

10 comentarios:

  1. Buen contenido el tema sobre impuestos en tu blog, es amplio y hay bastante información sobre la introducción del mismo tema, ademas esta muy bien estructurado, felicidades.

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  2. Felicidades compañera! Tu información es muy extensa y se entiende a la perfección, ya que todos necesitamos informarnos sobre los impuestos que pagamos y saber manejarlos, gracias por tu información, es un tema que siempre tendremos presente.

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  3. La información que se presenta en este apartado es muy útil para nosotros los contadores ya que este tema siempre estará presente en nuestra profesión y tenemos que saber manejarla a la perfección ya que para la empresa que trabajemos esto es lo que más les interesa, creo que hizo falta hablar de más impuestos y todo lo relacionado con ellos.

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  4. Esta información es de gran importancia para las empresas y es mas esencial para los contadores porque siempre debemos de tener en cuenta los impuestos para saber que intereses son los que debemos pagar, pero por otra parte creo que te hizo falta explicar mas a fondo los demás impuestos o al menos mencionarlos para que las personas no piensen que los que tu pusiste no son los únicos.

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  5. Es de gran importancia saber más sobre los impuestos que el gobierno otorga, los que he leído me parece que son los más relevantes aunque la información me parece un poco escasa y faltan algunos impuestos no muy vistos pero de igual importancia.

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  6. Esta información es de gran utilidad no solo para los contadores sino para todo tipo de personas que desean conocer los diferentes impuestos que nos puede cobrar hacienda, aunque aquí solo se muestran algunos de ellos... es importarte conocer no solo el impuesto del IVA sino también darnos una recopilación de los diferentes impuestos que existen o que existieron para enriquecer nuestra mente y saber un poco mas día con día, aunque no los utilizaremos nunca en nuestras vidas..

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  7. Buena infomación ya que nos podría ayudar a conocer sobre los impuestos mencionados, quienes deben pagarlos y en que caso se pagan, solo te falto mencionar mas impuestos.

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  8. Hablando sobre impuestos, sabemos que es obligatorio pagarlos tanto personas físicas y morales, pero debemos de tener en cuenta que las organizaciones buscan la manera de pagar estos impuestos, pero de una manera deductiva, de tal manera que con la paga de impuestos legalmente, también deje mas ganancias a las organizaciones, deberías de publicar un tema en donde nos des a conocer, cuales tipos de estrategias hay para el pago de impuestos favoreciendo al cliente o a la organización en la que asesoremos.

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  9. Es buena tu información ya que hablas de unos impuestos importantes solo que faltan algunos muy importantes tanto personas fisicas como morales que deben presentar ante el SAT(Servicio de Administración Tributaria) como por ejemplo IMSS, INFONAVIT entre otros

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  10. Me queda mas claro ahora la contabilidad de impuestos, el nombre lo dice y sabemos que el tema hablara de los impuestos, pero sin embargo muchas cosas que yo no sabia ahora las se y es que ahora que leo tu blog e aprendido que existen una variedad de impuestos así pues estos mismos se llegan a clasificar en impuestos directos e indirectos, hacen una excelente mención de cada uno de ellos por ejemplo mencionaste algunos directos e indirectos ademas también encontramos los estatales y los impuestos de nomina, la verdad todo este tema de los impuestos es muy extenso y existen una variedad de impuestos en el mundo por que como dice nuestro maestro 2 cosas de las que no te salvas en esta vida y esas son de la muerte y de pagar impuestos, doy de mucha utilidad tu información cuando requiera saber mas de impuestos no dudare en apoyarme en tu información, excelente trabajo espero juntos nos asociemos y logremos crear nuestras empresas basándonos en este fruto de conocimiento tan valioso aquí te dejo mi numero por si te interesa salir a platicar acerca de los "impuestos" (4361048754)

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